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Cómo preparar un PDF legible para la sede electrónica o el registro

Cada procedimiento dice cómo quiere los adjuntos: a veces un archivo por documento, a veces uno solo, casi siempre con un peso máximo. El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, por ejemplo, admite hasta cinco documentos, de 10 MB cada uno y 15 MB en total. Tramigos te ayuda a separar, unir o comprimir según lo que pida tu trámite.

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Primero, lee lo que pide el procedimiento

Cómo dejar los adjuntos listos

  1. Escanea las hojas en papel con «Fotos a PDF»: un PDF por documento si la sede pide archivos separados, o todo en uno si admite un solo archivo (puedes unirlos después con «Unir PDF»).
  2. Si el archivo supera el peso permitido y viene de fotos, pásalo por «Comprimir PDF» en «Equilibrado» y revisa que la letra siga legible. Un PDF que ya es de texto, firmado o con código de verificación se adjunta tal cual: convertirlo en imágenes puede aumentar el peso y quitarle el texto seleccionable.
  3. Antes de presentar, abre cada PDF y comprueba que se vea completo. Al terminar, descarga y guarda el justificante de registro que devuelve la sede.

Los requisitos, costos y plazos los define la institución y cambian: confirma siempre en la fuente oficial, Punto de Acceso General, Registro Electrónico General (REG-AGE). Enlace y contenido comprobados el 8 de noviembre de 2026; si la entidad publica una página específica del trámite, enlázanos desde Contacto y la actualizamos.

Otras fuentes oficiales: administracion.gob.es, Registro Electrónico General en lectura fácil (adjuntos: 5 documentos, 10 MB cada uno, 15 MB en total) (contenido comprobado el 8 de noviembre de 2026); BOE, Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (arts. 5, 30, 31 y 69) (contenido comprobado el 8 de noviembre de 2026).

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    Preguntas frecuentes

    ¿Presentar un domingo por la sede cuenta como presentado ese día?

    El registro electrónico admite escritos todos los días, pero a efectos del cómputo de plazos la presentación en día inhábil se entiende realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente (Ley 39/2015, art. 31). No cuentes con que equivalga a presentar en día hábil.

    ¿Puedo adjuntar fotos en vez de PDF?

    Lo decide la sede: comprueba en las instrucciones del trámite qué formatos admite antes de convertir nada. Si pide PDF, Tramigos convierte tus fotos sin subirlas.

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